Un valioso artículo, por su concisión y claridad argumental, escrito por el filósofo y activista Tom Regan, donde se explica básicamente en qué consiste la noción esencial de lo que es un derecho y la diferencia entre las categorías de derecho moral y derecho legal.
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Derechos Legales y Derechos Morales
Tom Regan
Tom Regan
Junio 2011
Los filósofos distinguen entre derechos legales y derechos morales. Los derechos legales son libertades o protecciones que tienen los individuos debido a que las leyes se los otorgan. Por ejemplo, los ciudadanos norteamericanos que tienen dieciocho años, o más, tienen el derecho al voto. Es evidente que los derechos legales no aparecen por sí mismos sino que son creados por la ley; mediante dos maneras distintas: debido a los caprichos de un déspota, o debido la voluntad de una asamblea democráticamente elegida. Por tanto, una de las características definitorias de los derechos legales es que son hechos por los seres humanos; y del mismo modo, los humanos pueden también deshacerlos.
Esto nos conduce a otra característica definitoria: los derechos legales varían según el país, y también varían con el tiempo dentro del propio país. Por ejemplo, el derecho que tienen los ciudadanos norteamericanos a la libertad de religión y el derecho a ser juzgados por un jurado no son derechos universales a todas las naciones. Y el derecho al voto que tienen negros y mujeres actualmente en los Estados Unidos es el mismo derecho que les fue sistemáticamente denegado durante gran parte de la historia del país.
Dos de las características definidas de los derechos morales, las otras serán expuestas más adelante, contradicen lo que hemos dicho acerca de los derechos legales. Primero, los seres humanos no creamos los derechos morales, ni tampoco podemos deshacerlos. Segundo, los derechos morales no están limitados a los ciudadanos de una nación particular, o de un momento particular. Los derechos morales [por ejemplo: nuestro derecho a la vida, a la libertad, a la integridad física] son universales e intemporales.
La creencia en los derechos morales ha estado muy presente en las democracias parlamentarias. Los autores de la Declaración de Independencia de Estados Unidos ciertamente creían en ellos. Ellos defendían que la única razón para tener un gobierno en primer lugar es el de proteger los derechos de los ciudadanos. Derechos que al ser independientes, y previos, a los derechos legales, tienen el estatus de derechos morales.
Como defensor de los derechos morales, comparto la postura de los Padres Fundadores. Aquellos jóvenes que fueron enviados a luchar en Vietnam tenían derechos morales, incluyendo el derecho a la vida, a la libertad y a la integridad física. Así como también los tenían los niños vietnamitas que fueron asesinados y heridos durante el conflicto. Y cada individuo tenía esos derechos, tanto si el gobierno norteamericano, o cualquier otro gobierno, los reconoce como si no.
Pero ¿qué significa decir que «ellos tenían derechos»? Supongamos que decimos como respuesta: «Bueno, los derechos que ellos tenían eran derechos morales, los cuales son universales e intemporales.» Esto es verdad, sin duda, pero no nos lleva muy lejos. ¿Qué más podríamos decir sobre los derechos morales que nos ayude a entender lo que son y por qué son importantes?
Hay seis características definitorias adicionales que nos ayudan a elaborar una respuesta:
1. Derechos y Deberes: Dos Caras De Una Misma Moneda
El primer elemento a destacar es la relación entre obligaciones morales, por un lado, y derechos morales, por el otro lado. Algunos de nuestros deberes morales son de tal importancia que llevan aparejados con ellos unos derechos. Los deberes asumidos son una cara de la moneda; los derechos que se tienen son la otra cara de la moneda. Permítanme explicarlo:
Cuando decimos que algo es un deber moral, estamos diciendo que es algo que debemos hacer; algo que no sería correcto que no hiciéramos. Por supuesto, podemos no hacerlo. En tanto seres limitados que somos, hay algunas cosas que debemos hacer pero que no conseguimos hacer. Sin embargo, todo el mundo entiende la idea de lo que es tener un deber —por ejemplo: el deber de decir la verdad; o el deber de mantener la palabra dicha. Cuando queremos saber cuáles son nuestros deberes más importantes, la respuesta en parte es simple. Algunos de nuestros deberes son importantes porque permiten que existan los derechos.
2. Estatus Moral: *No Traspasar*
Otra característica definitoria de los derechos morales se refiere al estatus moral. La posesión de derechos morales confiere un estatus moral distintivo a todos aquellos que los tienen. Poseer estos derechos implica tener una especie de escudo moral; algo que podemos describir como una señal invisible en la que pusiera: "No Traspasar"
¿Qué es lo que esta señal invisible prohíbe? Dos cosas, en general. Primero, otros individuos no están moralmente legitimados para hacernos daño. Esto significa que otros individuos no pueden quitarnos la vida o dañar nuestro cuerpo porque ellos quieran hacerlo. Segundo, otros individuos no está legitimados a interferir en nuestra libre voluntad. Esto significa que otros no están legitimados para limitar nuestra voluntad sólo porque ellos lo quieran así. En ambos casos, la señal de *No Traspasar* proteger nuestros bienes más preciados [nuestra vida, nuestro cuerpo, nuestra libertad] limitando moralmente la conducta de otros individuos.
¿Significa todo esto que siempre está mal quitarle la vida a alguien, dañarle o restringir su libertad? No. Cuando alguien se excede de sus derechos violando los nuestros, estamos legitimados dentro de nuestros derechos a responder de maneras que pueden causar un daño o limitar la libertad de quienes vulneran nuestros derechos. Por ejemplo: supongamos que un ladrón te ataca. En ese caso, actúas dentro de tus derechos si utilizas la fuerza para defenderte a ti mismo, incluso si fuera necesario causar un daño a tu agresor.
Afortunadamente, en el mundo en el que vivimos esos casos son excepciones, no lo habitual. La mayor parte de la gente, durante la mayor parte del tiempo, actúa respetando los derechos de otros seres humanos. Pero incluso, si el mundo fuera diferente al respecto, el punto central seguiría siendo el mismo: lo que estamos moralmente legitimados en hacer cuando alguien viola nuestros derechos no se traduce en una excusa permanente para violar sus derechos.
3. Peso Moral: *Prevalencia*
Cualquier defensor serio de los derechos humanos no sólo cree que los derechos individuales son importantes; sino que, más aún, creemos que nuestros derechos son la consideración moral más importante que podamos imaginar. Utilizando una analogía del juego de carta llamado brigde: los derechos individuales son lo que se denomina un 'triunfo'. Lo cual significa lo siguiente:
El juego de brigdge consta de cuatro jugadores, y cincuenta y dos cartas; y se juega cada ronda con trece cartas de cada tipo: picas, corazones, diamantes, tréboles. Hay trece rondas en cada mano, y siempre gana la carta de mayor valor en cada ronda. Normalmente, la carta ganadora es la de más alto valor de cada tipo. El as de tréboles prevalece sobre cualquier otro tipo de trébol, el as de diamantes prevale sobre cada cualquier otro tipo de diamante, y así sucesivamente. Sin embargo, los jugadores pueden decidir que un tipo concreto es el que prevalece, es el 'triunfo', dentro de una ronda particular. Una vez que lo deciden, las cartas que pertenecen a ese tipo concreto adquieren un valor añadido.
Por ejemplo, supongamos que los corazones son el "triunfo", y que las tres primeras cartas jugadas son la reina de picas, el rey de picas y el as de picas. Ahora tú eres el siguiente en jugar. No tienes picas en tu baraja. Sin embargo, tienes el dos de corazones. Como los corazones son el 'triunfo' en esta ronda, tu dos de corazones prevalece frente a la reina de picas, el rey de picas, e incluso el as de picas. Así es como funciona la prevalencia en el juego del brigde.
La analogía entre el juego de bridge y los derechos individuales en el contexto moral debería resultar razonablemente clarificadora. Existen diversas consideraciones que son relevantes a la hora de tomar una decisión moral. ¿Cómo nos afectara personalmente dependiendo de la decisión que tomemos? ¿Qué podrá pasar con nuestra familia, amigos, compañeros y conciudadanos? No es difícil escribir una larga lista al respecto. Cuando decimos que los derechos deben prevalecer, esto significa que nuestro deber de respetar los derechos individuales es la consideración más importante en el contexto moral. Esto significa que las consecuencias deseables que podamos obtener, para nosotros o nuestros allegados, nunca justifican violar los derechos de otros. Esto significa que el beneficio que otros puedan obtener violando los derechos de alguien nunca puede justificar el hecho de violarlos.
4. Derechos Morales e Igualdad Moral
La siguiente característica de los derechos morales concierne a la igualdad. Los derechos morales son iguales para todos los que los poseen. Por lo cual, nadie puede denegar derechos por motivos arbitrarios, prejuiciosos o moralmente irrelevantes. La raza sería una de estas razones. Determinar cuales individuos tienen derechos en base a su raza representa especialmente una virulenta forma de prejuicio. La raza a la que pertenecemos no nos dice nada acerca de los derechos que tengamos.
Lo mismo vale para otras diferencias entre nosotros. Podemos trazar nuestra línea ancestral hacia diferentes lugares: algunos provienen de Irlanda, otros de Lituania, otros de África. Algunos son cristianos, otros judíos, otros musulmanes. Otros son agnósticos o son ateos. Algunos pocos son muy ricos, y otros muchos son pobres. Y así en general. Nuestras diferencias son muchas y reales. No tiene sentido negarlo.
Sin embargo, nadie que crea en los derechos piensa que estas diferencias establezcan diferencias moralmente relevantes. Si de verdad la idea de los derechos morales significa algo, quiere decir que los individuos que tienen derechos morales los tienen por igual. Y los poseemos en igualdad de condiciones sin importar nuestras muchas diferencias, ya se trate de diferencias, por ejemplo, sobre la raza, el género, la inteligencia, las creencias religiosas, el nivel de vida, el lugar de nacimiento.
5. Reclamar Derechos: Exigencias, No Favores.
La quinta característica sobre los derechos se refiere a lo que significan cuando los reclamamos. Este punto se entiende mejor contrastando la reivindicación de derechos con la caridad o la generosidad. Es decir, a veces pedimos cosas que no merecemos. Si yo quiero un coche deportivo y tú tienes suficiente dinero para comprármelo, puedo decirte: «Oye, ¿no te importaría comprarme un Ferrari?». Una cosa está clara sobre esto y es que yo no tengo legitimidad para exigir que me compres un Ferrari. El hecho de que me compres un coche, cualquier coche, no es algo que yo merezca, no es algo que me debas. El hecho de que me regalaras un coche sería precisamente eso: un regalo. Tu regalo podría servir para calificarte como alguien extraordinariamente generoso, no como alguien extraordinariamente justo.
Cuando reclamamos nuestros derechos, no estamos apelando a la generosidad de nadie. No estamos diciendo: «Por favor, ¿te importaría darme algo que no merezco?». No estamos pidiendo favores. Al contrario, cuando reclamamos nuestros derechos estamos exigiendo un trato justo, pidiendo aquello que nos pertenece. Por supuesto, no hay garantía de que lo recibamos. Los ciudadanos tiene derecho a exigir seguridad cuando van paseando por un parque, pero, desgraciadamente, es un derecho que los asaltantes vulneran. En todo caso, entendemos que no estamos pidiendo algo que no merecemos cuando queremos dar un paseo sin que nadie nos asalte.
6. Violación De Derechos y el Deber de Ayudar
A veces ocurre que las víctimas cuyos derechos son violados no comprenden la injusticia que se comete contra ellas. Lo que les sucede a los niños, así como a quienes padecen alguna grave discapacidad mental, sin importar su edad, son ejemplos evidentes de cómo eso puede ocurrir. Debido a su vulnerabilidad, estos individuos son víctimas fáciles para quienes buscan algún beneficio, ya sea personal o colectivo. Cuando son utilizados como medios para tales fines, no solamente los derechos de esas víctimas son violados; sino que también todos aquellos que pueden comprender la injusticia que se ha cometido, tienen el deber de intervenir en favor de la víctima, actuando y alegando en su defensa. De hecho, este deber es en sí mismo una demanda de justicia, no una apelación a la generosidad. Estas víctimas merecen que las auxiliemos. Ayudarles es algo que merecen, no simplemente algo que sería 'bonito' por nuestra parte. Consecuentemente, cuanto menos capaces sean de defender por sí mismos sus derechos, mayor es nuestro deber de hacerlo por ellos.
Todos entendemos que hay un límite a lo que podemos hacer para ayudar a las víctimas de la injusticia. No podemos hacer todo por cada víctima. Sin embargo, nuestro límite no es cero. Que no podamos hacerlo todo no significa que debamos contentarnos con hacer nada.
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Traducido del texto original: "Legal Rights And Moral Rights"